Calculadora de IRPF con dos pagadores 2026
Si este año has cobrado de dos empresas, o de una empresa y del SEPE, cada pagador te retiene IRPF mirando solo su sueldo. Esta calculadora compara lo que te retienen entre los dos con lo que correspondería a tu sueldo total, estima cuánto te saldrá a pagar en la renta y te dice si estás obligado a presentar la declaración.
Cómo se calcula, paso a paso
- Retención de cada pagador: aplicamos a cada sueldo por separado el procedimiento oficial de retenciones de la AEAT (artículos 80 a 89 del Reglamento del IRPF), el mismo motor de nuestra calculadora de sueldo neto. Cada empresa solo conoce lo que te paga ella, así que la escala progresiva arranca de cero dos veces y los sueldos bajos pueden quedar exentos de retención por el artículo 81.
- Retención unificada: repetimos el mismo cálculo sobre la suma de los dos sueldos, que es la retención que soportarías si todo te lo pagara una sola empresa.
- Diferencia: retención unificada menos retención real agregada. Es una estimación razonable de lo que te saldrá a pagar en la declaración, porque en la renta Hacienda grava el total y descuenta solo lo efectivamente retenido.
- Obligación de declarar: con más de un pagador, el límite de 22.000 EUR baja a 15.876 EUR cuando el segundo pagador y siguientes superan en conjunto 1.500 EUR anuales (artículo 96.3 de la Ley 35/2006 del IRPF).
Fuentes oficiales:Ley 35/2006 del IRPF, art. 96 (BOE),Reglamento del IRPF, RD 439/2007 (BOE) ylímites de la obligación de declarar (AEAT). Cifras revisadas por última vez en agosto de 2026.
Aviso honesto: la diferencia calculada es una estimación de la cuota que aflora en la renta por la infraretención, asumiendo el caso general: sin discapacidad, sin otras rentas ni deducciones autonómicas, y con ambos pagadores aplicando el procedimiento general durante todo el año. El resultado real de tu declaración depende de tu comunidad autónoma y del resto de tu situación. En Navarra y el País Vasco rigen normas forales propias.
Ejemplo: 18.000 EUR de empresa y 6.000 EUR del SEPE
Con 18.000 EUR del primer pagador y 6.000 EUR del segundo, la retención agregada es de912,60 €: el segundo pagador no retiene nada porque su importe aislado queda por debajo del límite de exención. A un único pagador de24.000,00 € le corresponderían 3242,40 €de retención (13,51 %). La diferencia, unos 2329,80 €, es lo que previsiblemente saldrá a pagar en la renta. Y sí, hay obligación de declarar: 24.000 EUR superan el límite de 15.876 EUR aplicable cuando el segundo pagador pasa de 1.500 EUR.
Preguntas frecuentes
Tengo dos pagadores: ¿estoy obligado a hacer la declaración de la renta?
Depende de dos cifras. Si el segundo pagador (y siguientes) te ha pagado más de 1.500 EUR en el año, estás obligado a declarar cuando la suma de todos tus rendimientos del trabajo supera los 15.876 EUR anuales. Si el segundo pagador no llega a 1.500 EUR, se mantiene el límite general de 22.000 EUR, como si tuvieras un solo pagador. Son los límites del artículo 96.3 de la Ley del IRPF confirmados por la AEAT. La subida transitoria a 2.500 EUR del RDL 9/2024 solo afectó a devengos entre el 1 y el 22 de enero de 2025 y quedó sin efecto al derogarse la norma.
¿Por qué con dos pagadores la renta sale a pagar?
Porque cada empresa calcula tu retención mirando solo el sueldo que te paga ella, como si fuera tu único ingreso. Al aplicar la escala progresiva desde cero dos veces, cada pagador te retiene poco (o nada, si su sueldo queda bajo los límites de exención). Pero Hacienda suma los dos sueldos en la declaración y aplica la escala al total, que cae en tramos más altos. La diferencia entre lo que te retuvieron y lo que corresponde al total es, aproximadamente, lo que te sale a pagar. No pagas más impuestos por tener dos pagadores: simplemente te adelantaron menos durante el año.
¿Puedo pedir que me retengan más para que no me salga a pagar?
Sí. Puedes solicitar por escrito a cualquiera de tus empresas un tipo de retención voluntario superior al que te corresponde (artículo 88.5 del Reglamento del IRPF). La empresa está obligada a aplicarlo, como muy tarde, desde la nómina siguiente a los cinco días de la solicitud, y el tipo se mantiene hasta que renuncies o corresponda uno mayor. Es la forma más sencilla de repartir el pago durante el año en lugar de encontrarte la factura entera en junio. Esta calculadora te dice cuánta retención extra necesitarías en total.
¿El paro (SEPE) cuenta como segundo pagador?
Sí. La prestación por desempleo es rendimiento del trabajo y el SEPE es un pagador más a efectos del IRPF. El caso típico de renta a pagar es justo ese: trabajas parte del año, cobras el paro el resto, el SEPE retiene poco o nada porque la prestación aislada es baja, y al sumar todo en la declaración aparece la diferencia. Si has cobrado empresa y SEPE en el mismo año y el menor de los dos supera 1.500 EUR, tu límite de obligación de declarar baja a 15.876 EUR. Los ERTE funcionan igual.
Si cambio de empresa a mitad de año, ¿son dos pagadores?
Sí, cada empresa que te paga en el año natural cuenta como un pagador distinto, aunque nunca hayas cobrado de las dos a la vez. Eso sí, al cambiar de empresa puedes comunicar a la nueva tus retribuciones anteriores para que calcule la retención teniendo en cuenta lo ya cobrado (modelo 145 y certificado del pagador anterior): así la nueva empresa retiene más ajustado y la sorpresa en la renta se reduce. A efectos del límite de declarar siguen siendo dos pagadores.