Calculadora de reducción de jornada 2026
¿Vas a pedir reducción de jornada para cuidar de tu hijo y quieres saber cuánto cobrarás? Esta calculadora compara tu nómina completa antes y después: bruto, cotizaciones, tipo de retención de IRPF y neto mensual. La clave que casi nadie te cuenta: tu neto baja menos que tu bruto, porque al reducir el salario también baja tu tipo de IRPF.
Cómo se calcula tu sueldo con reducción de jornada
- Reducción proporcional del salario: el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores da derecho, a quien cuide de un menor de 12 años, a reducir su jornada entre un octavo y la mitad, con reducción proporcional de todo el salario: base, complementos y pagas extra. Bruto reducido = bruto actual x (1 menos el porcentaje de reducción).
- Nómina completa en los dos escenarios: con el mismo motor de cálculo de nuestra calculadora de sueldo neto, aplicamos a cada bruto las cotizaciones del trabajador de 2026 (6,50 % con contrato indefinido, sobre la base con su mínimo y su tope) y el procedimiento oficial de retenciones de IRPF de la AEAT (artículos 80 a 89 del Reglamento del IRPF).
- La diferencia real: como el IRPF es progresivo, al bajar el bruto baja también tu tipo de retención. Por eso el neto cae siempre menos que el porcentaje de reducción: una reducción del 50 % suele traducirse en un recorte del neto de entre el 40 % y el 47 %, y en salarios bajos la retención puede desaparecer del todo.
- El colchón de cotización: aunque cobres y cotices menos, el artículo 237.3 de la Ley General de la Seguridad Social protege tus prestaciones futuras: durante los 3 primeros años de la reducción por cuidado de menor (eran 2 años hasta la reforma del Real Decreto-ley 2/2023), tus cotizaciones se computan incrementadas hasta el 100 % de la jornada completa para la jubilación, la incapacidad permanente, las prestaciones por muerte y supervivencia y las de nacimiento y cuidado de menor. Para la prestación por desempleo, las bases se computan al 100 % durante toda la reducción por guarda legal.
Fuentes oficiales:Estatuto de los Trabajadores, art. 37.6 (BOE),Ley General de la Seguridad Social, art. 237 (BOE) yReglamento del IRPF, RD 439/2007 (BOE). Cifras revisadas por última vez en agosto de 2026.
Aviso honesto: la calculadora estima la retención con el procedimiento general de la AEAT para el caso más habitual, sin discapacidad ni otras circunstancias especiales, y asume que la empresa regulariza tu tipo al aplicar la reducción. Existe además una prestación específica para el cuidado de menores con cáncer u otra enfermedad grave (CUME) con reglas propias: este supuesto no se calcula aquí. En Navarra y el País Vasco rigen tablas forales de retención y el resultado es solo orientativo.
Ejemplos: cuánto baja el neto en 2026
Calculados con este mismo motor para una persona de 35 años con un hijo, contrato indefinido y 12 pagas. Fíjate en la última columna: el neto siempre cae menos que la reducción:
| Bruto anual | Reducción | Neto/mes antes | Neto/mes después | Pierdes al mes | Caída real del neto |
|---|---|---|---|---|---|
| 22.000,00 € | 50 % | 1511,58 € | 824,08 € | 687,50 € | 45,48 % |
| 28.000,00 € | 33,33 % | 1837,03 € | 1371,29 € | 465,74 € | 25,35 % |
| 28.000,00 € | 50 % | 1837,03 € | 1074,08 € | 762,95 € | 41,53 % |
| 35.000,00 € | 25 % | 2218,71 € | 1741,47 € | 477,24 € | 21,51 % |
| 35.000,00 € | 50 % | 2218,71 € | 1322,13 € | 896,58 € | 40,41 % |
| 45.000,00 € | 50 % | 2736,00 € | 1532,63 € | 1203,37 € | 43,98 % |
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobro si reduzco la jornada al 50 %?
Tu bruto baja exactamente un 50 %, pero tu neto baja menos. Con 30.000 EUR brutos anuales y un hijo a cargo, en 2026 pasas de unos 1.946 EUR netos al mes a unos 1.157 EUR: una caída de en torno al 40 %, no del 50 %. La razón es el IRPF: con la mitad de bruto tu tipo de retención cae varios puntos, y con salarios bajos puede llegar a cero. Usa la calculadora con tus datos para ver tu cifra exacta.
¿La reducción de jornada afecta al paro y a la jubilación?
Mucho menos de lo que se teme. Si la reducción es por cuidado de un menor (guarda legal del artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores), el artículo 237.3 de la Ley General de la Seguridad Social establece un colchón: durante los 3 primeros años, tus cotizaciones se computan incrementadas hasta el 100 % de lo que habrías cotizado a jornada completa para calcular la jubilación, la incapacidad permanente, las prestaciones por muerte y supervivencia y las de nacimiento y cuidado de menor. Para el paro la protección es aún mayor: las bases se computan al 100 % durante toda la reducción por guarda legal. Pasados los 3 primeros años, para las pensiones se cotiza por el salario real reducido.
¿Hasta qué edad del niño puedo pedir la reducción de jornada?
Hasta que el menor cumpla 12 años, según el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores. También puedes pedirla para cuidar a una persona con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida, o a un familiar hasta segundo grado que no pueda valerse por sí mismo, sin límite de edad en esos casos. En el supuesto de hijos con cáncer u otra enfermedad grave (la reducción asociada a la prestación CUME) el límite general se extiende hasta los 23 años.
¿Me pueden negar la reducción de jornada?
No, si cumples los requisitos: la reducción por guarda legal es un derecho individual del trabajador, no una concesión de la empresa. Lo que sí puede discutir la empresa es la concreción horaria (en qué franja concentras tu jornada reducida), que en principio debe hacerse dentro de tu jornada diaria ordinaria. Si hay conflicto, se resuelve por el procedimiento urgente del artículo 139 de la Ley de la Jurisdicción Social. Debes preavisar con 15 días de antelación, salvo que tu convenio fije otro plazo.
Reducción de jornada y pagas extra: ¿cómo quedan?
Las pagas extra se reducen en la misma proporción que el resto del salario, porque la reducción es proporcional sobre todos los conceptos salariales. Con una reducción del 33,33 % y pagas extra de 2.000 EUR, cada extra pasa a unos 1.333 EUR. Si las extras están prorrateadas en 12 pagas, la reducción se nota directamente en la mensualidad. El total anual es el mismo en 12 o en 14 pagas: solo cambia el reparto.