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Calculadora de vacaciones no disfrutadas 2026

Al terminar tu contrato, los días de vacaciones generados y no disfrutados se pagan en el finiquito. Calcula cuántos días te corresponden y su compensación económica con la regla del artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores: 30 días naturales por año trabajado.

Cómo se calculan las vacaciones no disfrutadas, paso a paso

  1. Días generados: el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores garantiza 30 días naturales por año, es decir, 2,5 días por mes. En cómputo diario: (30/365) multiplicado por los días trabajados en el año.
  2. Días pendientes: días generados menos los ya disfrutados. Si disfrutaste más de los generados, el resultado es cero y la empresa podría descontar el exceso.
  3. Salario diario: salario bruto mensual dividido entre 30, la convención de mes de 30 días.
  4. Compensación: días pendientes por salario diario. Cotiza y tributa como salario y solo puede pagarse en metálico al finalizar el contrato, nunca durante su vigencia.

Fuente: Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015, BOE), art. 38. Cifras revisadas por última vez en agosto de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de vacaciones genero al mes?

Generas 2,5 días naturales por mes trabajado, resultado de repartir los 30 días anuales que garantiza el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores entre 12 meses. En cómputo diario la fórmula es 30 dividido entre 365 y multiplicado por los días trabajados. Tu convenio puede mejorar ese mínimo, por ejemplo con 22 días laborables o más de 30 naturales, nunca reducirlo.

¿Las vacaciones no disfrutadas cotizan y tributan?

Sí. La compensación por vacaciones no disfrutadas es salario: cotiza a la Seguridad Social y tributa en el IRPF como el resto de tu nómina. La empresa debe incluirla en el finiquito con su retención correspondiente y los días compensados se suman a tu periodo cotizado, lo que retrasa la fecha de alta en el paro hasta que terminan esos días.

¿Tengo derecho a las vacaciones pendientes si me voy con baja voluntaria?

Sí. El derecho a cobrar las vacaciones generadas y no disfrutadas no depende de cómo termine el contrato: se aplica igual en baja voluntaria, despido o fin de contrato temporal. En el finiquito deben abonarte cada día pendiente a salario diario. Ojo, funciona en ambos sentidos: si disfrutaste más días de los generados, la empresa puede descontarte el exceso.

¿Cuál es la fórmula para calcular las vacaciones no disfrutadas?

Días generados = 30 dividido entre 365 y multiplicado por los días trabajados en el año. A ese resultado le restas los días ya disfrutados: lo que queda son tus días pendientes. La compensación es días pendientes por salario diario, que se obtiene dividiendo el salario bruto mensual entre 30. Con 1.500 EUR y 10 días pendientes serían 500 EUR brutos.

¿Pueden pagarme las vacaciones en vez de dármelas?

No mientras el contrato siga vivo: el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores prohíbe sustituir las vacaciones por compensación económica, porque su finalidad es el descanso efectivo. La única excepción es la extinción del contrato: si al terminar quedan días generados sin disfrutar, ya no pueden darse y entonces sí deben pagarse en metálico dentro del finiquito.

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